«Por medio de la cual se informa que no habrá atención al publico ni jornada laboral presencial desde las 12:00 am del día 06 de Agosto hasta las 08:00 am del día 12 de Agosto de 2020 en la Fábrica de Licores del Tolima»
En uso de sus facultades Legales y Estatutarias y,
CONSIDERANDO:
Que la Fábrica de Licores del Tolima es una Empresa Industrial y Comercial del Estado, del Orden Departamental, con autonomía administrativa y financiera.
Que la Organización Mundial de la Salud el 12 de marzo de 2020, decretó la pandemia a nivel mundial y el Ministerio de Salud y Protección Social, por medio de la Resolución No.385 del 12 de marzo de 2020 declaró la emergencia sanitaria por causa del coronavirus COVID – 19 y se adoptan medidas para hacer frente al virus.
Que el Gobierno Nacional ha expedido el Decreto 1076 del 28 de julio de 2020 donde ha ampliado el aislamiento obligatorio hasta el 31 de agosto del presente año…………
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Ibagué, a los
<ORIGINAL FIRMADO>
FRANZ LEONARDO MARCELO BEDOYA RUBIO
Gerente General
<ORIGINAL FIRMADO>
MARIA NORELLY BARRAGAN MENDEZ
Subgerente Administrativa
<ORIGINAL FIRMADO>
HECTOR YESID RAMIREZ HERNANDEZ
Secretario General – Revisión Jurídica
Ledy Yasmín B.